domingo, 17 de diciembre de 2023

LECTURAS DOMINICALES

¿Qué son los Sistemas Locales de Justicia?

​​​​​​​​​​Los Sistemas Locales Justicia (SLJ) son una estrategia que armoniza y articula el trabajo colaborativo entre el Estado y la comunidad para asegurar respuestas efectivas a las necesidades de justicia de los ciudadanos, y contribuir a la resolución de conflictos en lo local y en lo rural, de manera integral y pertinente.

Los SLJ son liderados por el Ministerio de Justicia y del Derecho con el apoyo técnico y financiero de la cooperación internacional (Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional – USAID, Unión Europea y Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD), en articulación con las administraciones municipales.

Los Sistemas Locales de Justicia se centran en las necesidades de demanda de justicia, y por esta razón, su implementación incluye diagnósticos de conflictividad y trabajos de identificación de barreras de acceso a la justicia que permitan definir rutas de atención específicas para los conflictos más recurrentes en cada municipio.​

¿Cómo funcionan?

El funcionamiento del Sistema Local de Justicia debe ser a través de la operatividad del Comité Local de Justicia (CLJ) o del Comité Departamental de Justicia (CDJ). Estas instancias de coordinación en el acceso a la justicia deben ser lideradas por la alcaldía municipal o la gobernación departamental, en articulación permanente con los operadores de justicia presentes en el municipio, en el departamento y en la Nación.

Ámbito departamental.

En este nivel funciona el Comité Departamental de Justicia (CDJ) conformado por los actores de justicia. El criterio de asociación de los actores de justicia para esta instancia obedece al ámbito de acción de sus funciones legalmente establecidas; de tal suerte que solo operan a nivel departamental.

Entre los diferentes actores encontramos autoridades de las Ramas del Poder Público, el Ministerio Público, los organismos de control y las organizaciones civiles.

La función principal del CDJ es servir de intermediario entre la Nación y los municipios con dos fines básicos:

Diseñar y alcanzar acuerdos que redunden en la prestación efectiva de los servicios que proveen los miembros.

Gestionar acciones para la provisión de recursos.

El CDJ representa un escenario para que los actores de justicia alcancen acuerdos que incidan en la eficiente administración de justicia conforme la conflictividad en la comunidad.

Ámbito municipal.

A nivel municipal funciona el Comité Local de Justicia (CLJ), atendiendo igualmente a un criterio de descentralización de funciones para su conformación por parte de los actores de justicia, cuyo ámbito de acción se circunscribe a los municipios.

El CLJ tiene cuatro funciones básicas, a saber:

Planificar acciones para alcanzar acuerdos de trabajo colaborativo.

Divulgar los compromisos y las obligaciones que se acuerden entre los actores de justicia.

Apoyar la ejecución del plan estratégico que corresponde a las instituciones que integran el sistema.

Proveer recursos técnicos, financieros y humanos para prolongar su sostenimiento.

El CLJ está llamado a constituir un escenario institucional en el que se ventilan y se discuten los ajustes y las acciones que posibilitan las políticas, los programas, los

proyectos y las rutas en torno al funcionamiento y el acceso a la administración de justicia, sin que llegue a un nivel de operación tan puntual en el que preste directamente un servicio público específico o sectorial.​

¿Cómo se implementan?

1. Diagnóstico:

Esta fase describe las acciones previas que la administración local requiere ejecutar con el fin de conocer el escenario territorial, establecer la capacidad organizacional e identificar las barreras que dificultan el acceso a la justicia y las rutas de atención. Para ello se deben considerar las siguientes variables:

Características generales del municipio

Lecturas territoriales de conflictividad. Este análisis debe partir de las categorías de conflictividad definidas por el MJD e incluir un enfoque diferencial (género, étnico, curso de vida, entre otros)

Identificación de las barreras de acceso a la justicia

Inventario de operadores de justicia

Instancias de articulación interinstitucional

Capacidades de gestión de la institucionalidad relevante

Oferta de servicios de justicia (incluyendo la justicia comunitaria)

Instrumentos de planeación nacional, regional (PDET, Zonas Futuro, entre otras), departamental y territorial que tengan incidencia en el territorio

Comunicabilidad (canales TIC y canales oficiales de información)

Rutas de acceso a la justicia diseñadas para el contexto local

2. Constitución y formalización del SLJ

La formalización de la instancia de coordinación permite asegurar la participación de las diferentes instituciones y actores de justicia en territorio. Así como pasar de un acuerdo de voluntades a un compromiso formal de la administración local, y es garantía de incidencia en la política pública local de justicia en el mediano y largo plazo.

El Comité Local de Justicia (CLJ) es una instancia deliberativa de coordinación del Sistema Local de Justicia, encargado de adoptar acciones concretas que desarrollen la política pública de acceso a la justicia. Entre las funciones principales están:

Planificar acciones para alcanzar acuerdos de trabajo colaborativo

Divulgar los compromisos y las obligaciones que se acuerden entre los actores de justicia

Apoyar la ejecución de los planes de acción que corresponden a las instituciones que integran el sistema

Gestionar recursos técnicos, financieros y humanos para prolongar su sostenimiento.

Servir de articulador: uno, entre los operadores de justicia y la ciudadanía; otro, como enlace ante los niveles regional y nacional, para el fortalecimiento de capacidades y el ejercicio de la justicia en el municipio.

El CLJ ha de contemplarse dentro del acto administrativo municipal (sea acuerdo de concejo o decreto de alcalde) por cuyo intermedio se cree el Sistema Local de Justicia.

El CLJ está integrado por representantes de los actores encargados de la administración de los servicios de justicia: justicia formal, justicia alternativa, justicia comunitaria, justicia propia y justicia administrativa, representantes de la administración municipal y del Ministerio Público; como eventual invitado, puede incorporarse al Ministerio de Justicia y del Derecho.

Se considera que el CLJ ha de sesionar, ordinariamente, con una periodicidad acordada (mensual, bimestral o trimestral); o, en forma extraordinaria, cuando las circunstancias lo ameriten. En dichos encuentros se han de dar a conocer las actividades, logros, aciertos y problemáticas que tiene cada uno de los actores en relación con los objetivos y principios del Sistema Local de Justicia.

3. Productos de un SLJ:

Entre los productos del funcionamiento del CLJ están:

El plan estratégico, formulado para el período de gobierno del alcalde o gobernador y el plan de acción anual (apoyado en los lineamientos de la política pública nacional de acceso a la justicia)

El presupuesto de funcionamiento e inversión para la atención del acceso a la justicia, por medio de la determinación de rubros económicos destinados a la política de justicia municipal o departamental, en concordancia con la Nación.

Monitoreo y seguimiento a la ejecución de los planes formulados.​

 Mas información en: https://www.minjusticia.gov.co/programas/sistemas-locales-de-justicia