miércoles, 30 de abril de 2025

DERECHOS HUMANOS

ABC del derecho de petición en Colombia

Constitución Política de Colombia, artículo 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.

Para ir al ABC del derecho de petición en Colombia haga CLIC AQUÍ